Llámenos

Servicios

Perdón I-601A

Perdón

Los Mejores Abogados De Perdón En Arizona

Hemos podido ayudar a muchos clientes a tener éxito con sus aplicaciones de un perdón. Se sabe que estas aplicaciones son una excelente opción en ciertos matrimonios en los que uno de los cónyuges entró sin documentación. La aplicación I-601A perdona la presencia sin estatus aquí en los Estados Unidos y exonera la sanción de 3 o 10 años que requiere que alguien espere fuera de los EE. UU. durante tantos años antes de poder obtener la residencia. Es un gran honor y placer tener la oportunidad de poder ayudar a las personas a obtener el estatus de residente permanente legal.

Nuestro equipo se dedica a preparar aplicaciones de un perdón muy fuertes que, cuando se aprueban, permiten que las familias estén juntas de forma permanente sin temor. Estaremos encantados de ayudarle en este tipo de casos. Si desea obtener más información o desea una consulta totalmente gratuita, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

    Obtenga Una Consulta Gratis






    Costos Económicos

    Estamos orgullosos de ofrecer consultas gratuitas para nuestros clientes. Simplemente llame 602-888-CODY hoy y le explicaremos y guiaremos a través del proceso hoy. Notarás que nos dedicamos a ayudar a las personas y nos encanta buscar soluciones positivas.

    Trabajamos arduamente para asegurarnos de que nuestros clientes tengan planes de pagos económicos y precios razonables. Tenga la confianza de darnos una llamada y descubre que si será posible agarrar los servicios de un abogado.

    Preguntas que haremos

    ¿Qué Sigue Después De La Aprobación?

    Una vez aprobada el perdón, se deben enviar ciertos documentos al Centro Nacional de Visas para que se programe la entrevista, que se llevará a cabo en el consulado del país de origen del solicitante. Uno de estos documentos es la Declaración Jurada de Apoyo I-864. El propósito del formulario I-864 es esencialmente demostrar que el solicitante tiene medios adecuados de apoyo financiero y no es probable que se convierta en una carga financiera para el gobierno. Si el peticionario no tiene suficientes ingresos y/o activos para mantener al solicitante al 125% de las pautas federales de pobreza, entonces un patrocinador conjunto que cumpla con los requisitos puede presentar un Formulario I-864. Todos los Patrocinadores deben vivir en los Estados Unidos, tener al menos 18 años de edad y ser ciudadanos o residentes permanentes legales.

    Después de que se haya programado la entrevista en el consulado, el solicitante partirá de los Estados Unidos a su país de origen para asistir a la entrevista de la visa. Además, antes de la entrevista se requiere que el solicitante tenga una cita médica con un médico autorizado en el país donde será entrevistado. En la entrevista, un oficial consular le hace varias preguntas al solicitante para asegurar su elegibilidad para una visa de inmigrante (tarjeta verde).

    Todo va muy bien casi siempre. Su abogado le hará saber qué esperar en la entrevista. A veces, debe solicitar otro perdón y su abogado le informará con anticipación si es probable que la necesite. Sabemos que muchos de ustedes no han estado en su país de origen durante mucho tiempo, o es posible que no hayan tenido la edad suficiente para recordarlo, pero pueden estar seguros de que estarán completamente preparados para esta entrevista.

    Si en el caso de que se determina que la persona esta en los Estados Unidos sin estatus a partir del 1 de abril de 1997 por más de 1 año y después sale de los EE. UU. y luego vuelve a entrar (o intenta volver a entrar) en los EE. UU. sin documentos o permiso, entonces no serán elegibles para el perdón I-601A. Esto significa que una persona debe estar en los Estados Unidos para solicitar el perdón I-601A. Un individuo tampoco será elegible para el perdón I-601A si ha sido condenado por un delito de sustancia controlada (“drogas”) o un delito mal moral. Un delito mal moral generalmente es un delito que tiene como elemento la intención de robar o defraudar, o un delito en el que un acto intencional causó daño corporal. Una persona tampoco será elegible para el perdón I-601A si ingresó a los Estados Unidos con documentos falsos o fraudulentos o afirmó ser ciudadano de los Estados Unidos.

    Ahora que

    Requisitos Para El Perdón I-601A

    Como se indicó anteriormente, el perdón I-601A perdona la presencia ilegal en los Estados Unidos. Lo que significa que el solicitante solo necesitaría salir de los Estados Unidos para asistir a la entrevista de visa que se realizaría en un consulado de los Estados Unidos en su país de origen respectivo. Este perdón I-601A le permite al solicitante esperar en los Estados Unidos mientras se procesa su solicitud del perdón, a diferencia de antes, donde la persona tenía que solicitarla y esperar una decisión fuera de los EE. UU. Una persona solo será elegible para calificar para el perdón I-601A si la persona tiene un cónyuge o padre ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal.

    El primer paso para solicitar el perdón I-601A es la petición familiar I-130. El propósito de la petición I-130 es clasificar al beneficiario/solicitante inmigrante como familiar del peticionario. Cuando se aprueba una petición I-130, simplemente significa que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) está convencido de que el solicitante es el cónyuge o hijo del peticionario. Para establecer que existe una relación verdadera, debe haber prueba de que el matrimonio es un matrimonio legítimo, no realizado únicamente con fines de inmigración. Esto puede presentarse de muchas formas, incluida la declaración conjunta de impuestos, las facturas en la misma dirección, las cuentas bancarias conjuntas, los contratos de alquiler juntos o las fotografías. La tarifa de presentación de la I-130 es de $535 y generalmente demora de 6 a 9 meses, según los tiempos de procesamiento actuales.

    Después de que se haya aprobado la petición familiar I-130, la petición se enviará al Departamento de Estado, que es cuando se pueden pagar dos tarifas al Centro Nacional de Visas. Las dos tarifas son de $120 y $325 y son para las visas de inmigrante.

    Después de pagar las tarifas del Centro Nacional de Visas, ahora se puede enviar el perdón. Para que una persona sea aprobada para el perdón I-601A, el solicitante debe poder demostrar que si no se le permite ingresar a los Estados Unidos, causará “dificultades extremas” a su pariente calificado, que sería cónyuge o padre ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal. Esto incluye evidencia de condiciones financieras, médicas, educativas y emocionales. La tarifa de presentación es de $715 y demora entre 8 y 12 meses, según los tiempos de procesamiento actuales.